Para verla colocar resolución y número en
http://www.infoleg.gov.ar/
Resolución Nº 503/2014
Resumen:
ESTABLECESE QUE CUANDO SE EJECUTEN TRABAJOS DE MOVIMIENTO DE SUELOS, EXCAVACIONES MANUALES O MECANICAS A CIELO ABIERTO SUPERIORES A UN METRO VEINTE (1,20 M) DE PROFUNDIDAD, PARA LA EJECUCION DE ZANJAS Y POZOS Y TODO OTRO TIPO DE EXCAVACION NO INCLUIDA EN LA RESOLUCION DE ESTA SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) Nº 550 DE FECHA 26 DE ABRIL DE 2011, EL EMPLEADOR DEBE ADOPTAR LAS MEDIDAS DE PREVENCION QUE SE DETALLAN EN EL ANEXO DE LA PRESENTE RESOLUCION.
27) El empleador debe contar con la presencia permanente, en cada uno de los frentes de obra, de personal técnico responsable, considerando las características y riesgos que conllevan estos trabajos.
35) Cuando los empleadores presenten a las A.R.T. Avisos de Obra y Programas de Seguridad que indiquen trabajos en excavaciones a cielo abierto superiores a UN METRO VEINTE (1,20 m), las A.R.T. deben realizar obligatoriamente un Plan de Visitas que contemple como mínimo UNA (1) visita dentro de los SIETE (7) días corridos al inicio de los trabajos y luego UNA (1) visita cada QUINCE (15) días corridos, con el fin de verificar el cumplimento de dicho Programa.
No hay comentarios:
Publicar un comentario